Muchos son los comentarios y críticas que se están realizando al El RD-Ley 16/2012 por los cambios que supone para el sistema sanitario.
Con relación a los ancianos, en este RD, se considera al envejecimiento de la población, junto con otras condiciones, una de las causas del aumento del gasto sanitario.
Los cambios más importantes contenidos en este RD que afectan a los ancianos son:
1.-Los ancianos extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España recibirán asistencia sanitaria “de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica.”
2.-El transporte sanitario no urgente, está sujeto a aportación del usuario, acorde al determinado para la prestación farmacéutica.
3.-El Real Decreto Ley establece una aportación de los pensionistas, con carácter general, pagarán el 10 % del precio de las medicinas. No obstante, los titulares de pensiones no contributivas estarán exentos. En cuanto a los demás titulares de pensiones:
a-) beneficiarios cuya renta sea inferior a 18.000 euros, un limite máximo de aportación mensual de 8 euros
b-) beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000, hasta un límite máximo de aportación mensual de 18 euros
c-) beneficiarios cuya renta sea superior a 100.000 euros, hasta un límite máximo de aportación mensual de 60 euros
Otras normativas recogidas en el RD también influirán en la atención sanitaria de los ancianos
Desde este espacio, pretendo divulgar la atención al anciano desde el punto de vista del médico especialista en geriatría.Es intención,publicar artículos personales,referéncias bibliográficas y facilitar enlaces a sitios de interés.La colaboración de las visitas con sus comentarios, es muy importante para conseguir el objetivo del blog.La información presente en el blog no remplaza, si no complementa,la relación médico-paciente y en caso de duda consulte con el médico de referencia.
viernes, 27 de abril de 2012
martes, 17 de abril de 2012
RANELATO DE ESTRONCIO: RIESGO DE TROMBOEMBOLISMO VENOSO
Strontium ranelate: risk of venous thromboembolism
La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha revisado el balance beneficio- riesgo de ranelato de estroncio, indicado en el tratamiento de la osteoporosis, ante la aparición de graves reacciones adversas, tromboembolismo venoso (TEV) pricipalmente.
Como otras muchas reacciones adversas, esta también es más frecuente en pacientes de edad avanzada .
En consecuencia se contraindica el uso de esta medicación en aquellas personas con enfermedad tromboembólica venosa o antecedentes de ella y en aquellas que permanecen inmovilizadas temporal o permanentemente. También recomienda valorar el tratamiento en los mayores de 80 años con riesgo de TEV.
Leer más,..
La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha revisado el balance beneficio- riesgo de ranelato de estroncio, indicado en el tratamiento de la osteoporosis, ante la aparición de graves reacciones adversas, tromboembolismo venoso (TEV) pricipalmente.
Como otras muchas reacciones adversas, esta también es más frecuente en pacientes de edad avanzada .
En consecuencia se contraindica el uso de esta medicación en aquellas personas con enfermedad tromboembólica venosa o antecedentes de ella y en aquellas que permanecen inmovilizadas temporal o permanentemente. También recomienda valorar el tratamiento en los mayores de 80 años con riesgo de TEV.
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